Lexique

AMENAZAS

Derecho Foral. Gipuzkoa. No se puede amenazar o atemorizar a los Alcaldes, a los Oficiales y a los mensajeros de la provincia, por lo que hubieren obrado durante sus oficios, so pena de que los que lo hicieren, sean acotados. Ref. «Fuero de Guipúzcoa», t, IV, cap. XV.