Udalak

Zarautz

Parroquia dedicada a Santa María la Real, arcipestrazgo de Zarautz, obispado de San Sebastián. Ermitas de la Trinidad, Santa Bárbara, Santa Marina, San Martín de Ibaieta y San Pelayo. Convento de fransciscanos de San Juan Bautista. Convento de clarisas de Santa Clara. Convento de trinitarias de la Trinidad.

La iglesia parroquial es de la advocación de Santa María de la Asunción, la cual se hallaba servida, -señala Gorosábel (1860)-, por un vicario y cinco beneficiados, de los que tres eran de ración entera y dos de media, y uno de estos últimos tenía aneja la coadjutoría. El patronato de esta iglesia correspondía al poseedor de la casa solar y palacio de Zarauz cuya primera concesión hizo el rey Fernando IV a Beltrán Ibáñez de Guevara, señor de Oñate, el 22 de junio de 1305. Varios son los pleitos que, tanto la villa como el cabildo eclesiástico, tuvieron con los poseedores de dicho solar. El primero de que se tiene noticia ocurrió entre aquélla y Juan Ortiz de Zarauz y su hijo Pedro, sobre que estos sin tener título alguno se entrometían en percibir los frutos decimales de dicha iglesia, y en poner y remover a su albedrío al vicario y beneficiados de ella. Se falló este pleito por el Consejo Real de Córdova el 6 de febrero de 1492 con las declaraciones siguientes.

"1° Que en la iglesia de Zarauz haya cinco clérigos, de los que uno sea sacristán; los cuales presente el patrono en naturales y originarios, hijos de dezmeros y de los que tienen sepultura en ella.

2° Que el patrono no pueda remover a dichos clérigos una vez de nombrados.

3° Que dichos cinco clérigos tengan para su manutención toda la ofrenda y pie de altar, y la tercera parte de los frutos decimales.

4° Que tengan la obligación de celebrar las misas y otros oficios divinos que se prefijan."

Se suscitó otro pleito entre la villa y D. Miguel de Zarauz y Gamboa en la Chancillería de Valladolid sobre las preeminencias de éste en dicha parroquia. Su resolución definitiva fue pronunciada el 23 de setiembre de 1595, amparando a D. Miguel, como patrono, en la posesión de tener el primero y mejor asiento, ofrecer y tomar la paz, entrar y salir de la iglesia antes que todos los demás vecinos y moradores; pero después de la justicia ordinaria. Esta sentencia fue confirmada en revista el 27 de marzo de 1596. La misma villa y el cabildo eclesiástico tuvieron otras diferencias con D. Pedro Ortiz de Zarauz sobre que este dejase alguna cantidad de frutos decimales para la construcción del retablo, un nuevo órgano con dotación del organista, aumento de un beneficiado y algunos ornamentos que faltaban. Se arreglaron por medio de una escritura otorgada en la villa de Azkoitia el 5 de mayo de 1618 ante Domingo de Sagastizabal, escribano de la misma. Por ella cedió dicho patrono una parte de diezmos para los expresados objetos pero a condición de que el cabildo eclesiástico no tuviese más pretensiones para el sustento de la iglesia. El convento de religiosos recoletos de la orden se San Francisco con la advocación de San Juan Bautista, lo fundó D. Juan de Mancisidor, natural de la misma, secretario del rey en los estados de Flandes y de su consejo de guerra, mediante escritura de concordia otorgada con el provincial el 30 de noviembre de 1608. El fundador se obligó a edificar a su costa el convento, y a dar para el sustento de los frailes 500 ducados de limosna en cada año; en cuya compensación se reservó el patronato de la capilla mayor, y el derecho de tener en ella tumba y sus escudos de armas. El cabildo eclesiástico y patrono de la iglesia parroquial se opusieron a esta fundación, por lo que el corregidor tuvo que reunir ayuntamiento general de vecinos para tratar del asunto y poder informar sobre su utilidad o inconvenientes: En su vista, fue autorizada la erección de este monasterio por el Consejo de Castilla el 12 de enero de 1610. Ejecutada la obra en este mismo año, subsistió la comunidad hasta el de 1617, en que se trasladó al sitio que luego ocupó. Más tarde, en el año de 1746, se estableció en este convento el, colegio de misioneros cuyos fundadores vinieron de Sahagun. Existen dos conventos de monjas: el uno de Santa Clara el otro de beatas de la Trinidad. El primero fue fundado por María Ana de Zarauz y Gamboa, viuda de Francisco Bouquer de Warthon, dueña del palacio de Zarauz, y sus dos hijas María y Clara de Zarauz por escritura de 1º de mayo de 1611. A esta fundación había precedido la licencia real, dada en 1 de enero de 1610. En su virtud las fundadoras dotaron el convento con catorce mil ducados de capital, que producían setecientos de renta siendo condición expresa que fuese su patrono D. Francisco Warthon, hijo de Doña María Ana, y en su falta sus sucesores en la casa y mayorazgo. Este convento se estableció para diez años en la casa solar de Zarauz hasta que se construyese el nuevo proyectado, ejecutado lo cual, se trasladaron las monjas a este en el año de 1621. Dos antes, o sea en 20 de julio de 1619, la villa y el cabildo eclesiástico, en atención a la erección de este convento, hicieron voto de guardar perpetuamente fiesta el día de Santa Clara, voto que fue confirmado por el ordinario. El monasterio de la Trinidad es el de las beatas descalzas fundado por Pedro de Zarauz y Gamboa en el año de 1619 para lo cual obtuvo licencia del diocesano de Pamplona. Su primer establecimiento fue en el barrio de Alzola, según se dijo en su descripción. Hubo en la jurisdicción de Zarautz cuatro ermitas que son las tituladas San Pelayo, San Martín de Urnieta, San Sebastián de Urteta y Santa Bárbara. La iglesia de San Pedro de Elkano es también aneja de la matriz de Santa María de esta villa. Esta colación de Elkano y la de Urteta tuvieron un pleito con el cabildo eclesiástico de Zarautz sobre pago de primicias y otras cosas que incidentalmente se tocaron ante el bachiller D. Domingo González de Segurola, visitador general y arcipreste de Gipuzkoa y juez apostólico de esta causa. Lo falló en el año de 1506, declarando que las basílicas de las expresadas tierras deben ser anejas a la iglesia matriz de Santa María de Zarautz con todas las primicias que sus habitantes hicieren, pero con obligación de mantener ésta en aquéllas en pie los ornamentos y demás cosas necesarias para su servicio.

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