Lexikoa

NEGROS

Nombre (beltzak) con que en la primera mitad del siglo XIX eran conocidos los liberales o constitucionales, por contraposición a los blancos que así llamaban a los realistas o absolutistas. Apodo que aplicaban los carlistas en la primera guerra civil a los soldados cristinos. En un principio -escribe Henningsen- se aplicó este nombre a los peseteros y carabineros liberales, por el color negro de sus uniformes, pero después fue aplicado a todos los partidarios de la Reina. Ref. José María Iribarren: "Vocabulario Navarro".
Como ejemplo del trato dado a otras razas y pueblos podemos citar el caso de Bizkaia donde en Junta General celebrada en 1603 se manifestó "que en el Señorío había cantidad de negros y negras" y según se multiplicaban podían llegar "a inficionar y mezclar" en el País. Se dispuso la expulsión general en el término de dos meses, así como la de los moriscos y moriscas, o turcos o moros, bajo pena de cincuenta mil maravedises al fiel o alcalde que fuera negligente en ello, si los dueños no los hubiesen vendido o extrañado del País. Años más tarde, en 1622, las Juntas reinciden sobre el mismo asunto decretando la expulsión de todos los negros, mulatos y moriscos que se hallasen en tierra de Vizcaya, y también la de los franceses paleteros y carboneros que introducían moneda falsa, talaban e incendiaban los montes y cometían otros excesos y "en sus acciones se conoce que muchos de ellos no oían misa, ni ejercían la fe católica", siendo su número el de 400. El Fuero de Guipúzcoa (cap. III) dispone que "deseando adelantar más la conservación de la limpieza de la sangre guipuzcoana, ordenamos y mandamos, declarando y extendiendo la dicha ordenanza, que aquélla se extienda también con los negros y negras, mulatos y mulatas y otra cualquier gente de mala raza, para que unos y otros no puedan vivir ni morar en la dicha Provincia, so las penas que contiene la dicha ordenanza, y que ninguna persona, de cualquier calidad y condición que sea no pueda traer ni meter en la dicha Provincia negros y negras, mulatos y mulatas, por esclavos ni libres, so las dichas penas, y de que los negros, por el mismo hecho, sean condenados para las galeras de su Magestad y el precio de lo demás perdido y aplicado a su real disposición".

Bernardo ESTORNÉS LASA.