Lexikoa

CONFISCACIÓN

Acción y efecto de confiscar, baitura (B, G), bahitura (L), bahidura (Hb.), baikuntza (G), baikunde (AN), bahikuntza (L, BN), bahikunde (L), bahitze, bahimendu (T-L), legez kentzea (Az.), ongabetze.

Diccionario Auñamendi
Navarra. La de bienes la llevaban consigo los delitos de traición y alevosía y también los suicidios, y cuando las muertes o heridas se cometían en pueblos donde estaban las reinas o infantas. El rey don Carlos I II dio a esto cierta latitud que no está en el fuero; decía el 20 de abril de 1406 que Juan Martínez, vecino de Tafalla su portero, había matado a Juan Ibáñez en aquel pueblo, llevándose a la mujer del muerto; que la reina y la infanta estaban entonces en Olite a una legua de Tafalla; por lo cual, y porque públicamente se decía que Martínez había dado yerbas (veneno) y muerto a ciertas personas, le confiscaba los bienes y los daba a Juan Périz de Olite, clérigo de su botellería. Las últimas Cortes navarras establecen: No se hagan en los bienes de los delincuentes excluyendo a sus hijos y sucesores de la secesión de los tales bienes, sino en los casos permitidos por ley y derecho [lib. 2 tit. 4 Ley 17]. Tiene pena de confiscación el delito de desafío: pero sólo en caso de fuga, y en el usufructo, sin perjuicio de los alimentos de la mujer, hijos, y padres del delincuente. Ref José Yanguas y Miranda