Detalle de un pleito relativo a Zaldibar (Bizkaia), fechado en 1543:

Visto este proceso de pleito que ante mi pende en tres partes, de la / una PEDRO DE ARANGUREN, fiel de la anteiglesia de Zaldua, en / nombre de los vecinos y pueblos de la dicha anteiglesia, y de la otra / DOMINGO DE UMENDIA y MARI OCHOA DE ARRESMENDI y JUAN / DE GARITA, reos acusados y PERO MARTINES DE MALLEA, /fallo que el dicho fiel en nombre de la dicha anteiglesia probó/ su demanda pala lo que de ruso se declarará y que / los dichos reos no probaron defensa alguna, en consecuen- / cia de lo cual debo declarar y declaro la venta hecha por los / dichos DOMINGO DE UMENDI e MARI OCHOA DE ARESMENDI / e JUAN DE GARITA, al dicho PERO MARTINES DE MALLERA de los plantíos / y árboles de dentro de los términos llamados (Ulançu y Ola- / barrieta y "felorraran" sobre que ha sido el dicho pleito por/ ninguna y de ningún valor y efecto y declaro los dichos / plantíos y árboles ser de los dichos términos comunes de