Lexikoa

AGENTES

Derecho Foral. Representantes en Madrid de Navarra, Gipuzkoa, Álava y Bizkaia En reunión de Juntas de Bizkaia de 1597 los Síndicos dijeron "que había llegado a su noticia que a los agentes que el Señorío había enviado a la Chancillería de Valladolid a negocios, de poco tiempo a esta parte, no se les daba estrados en la vista de los pleitos, so color de una cédula y ordenanza que decían existía, en la que se dispone que sólo a los agentes de cabezas de reinos y no a otros, se les dé dicho estrado". La Junta mandó que se de instrucción al agente en Corte para que con mucho calor haga diligencia y obtenga cédula que equipare a sus agentes con los enviados por cabezas de reinos. El mismo año en reunión de 6 de diciembre se nombraban dos agentes permanentes, uno en Madrid y otro en Valladolid. En Navarra el agente en Madrid acogía toda queja o agravio foral que la Comisión Permanente no hubiese podido solucionar. Los sueldos de estos Agentes o Comisionados en Corte los determinaban las Juntas respectivas. En Bizkaia se le asignó a su representante el sueldo de 600 ducados al de Madrid y 400 al de Valladolid el año 1597. En Guipúzcoa en 1705 el Conde de Pineda se encargaba de la agencia en Madrid sin otro interés que el celo de obsequiarla.