Baiona. En Bayona, en 1289, los pleiteantes de Bayona se quejaban ya de no tener bastantes abogados. No es fácil explicarse esta escasez en una época en la que estaba tan desarrollado el gusto por el pleito. Quizá deba achacarse al rigor de las condiciones impuestas. En aquel tiempo un abogado debía saber «abogadear, hablar y razonar». Con el fin de suplir esta escasez la comunidad decidió que todo pasante de abogado vecino de Bayona pudiera pleitear en justicia. Estas medidas conservadoras no pararon aquí, ya que en 1295 se pronunció la ordenanza siguiente: «En el año 1295, bajo la alcaldía de Pascal de Viele, se estableció que de aquí en adelante, en asuntos de crímenes o de derramamiento de sangre, a los criminales no les será permitido el tener abogados, sino que ellos mismos estarán obligados a defenderse». No contentos con haber quitado a los abogados la mejor parte de sus procesos, el alcalde y cien pares de Bayona les impusieron una tasa que subsistió durante toda la Edad Media. Se sorprende uno verdaderamente de la cantidad enorme de defensas, inhibiciones y ordenanzas que la comunidad de Bayona entabló contra los abogados durante dos siglos. He aquí hasta qué punto llegaron, en el curso de un proceso, cuando se apercibían que su cliente se confundía, persistían en sostener su derecho hasta el fin. Esto, en verdad, no era muy grave y se practica igualmente en estos tiempos; pero en el tiempo de la dominación inglesa y de la comunidad, estaba contra las ordenanzas. A menudo, con la causa a medio perder, provocaban embrollos, acumulando incidentes sobre incidentes, apelaban en puntos de detalle y llevaban la contraria, tanto como podían, al curso natural de la justicia. Por último permitían algunas veces, en interés de su parte, que un testigo falso declarara ante la barandilla del alcalde. Además, a menudo se les veía tender la mano izquierda a la vez que la derecha, recibiendo salario del cliente y del adversario, a la vez. Después de la incorporación de Bayona a la corona de Francia, la corporación de los abogados siguió, en todo, el orden de cosas establecido en las demás ciudades del reino. En el s. XVI, debían hacer la ronda o enviar a un hombre armado en lugar suyo. En 1669 hubo un acuerdo entre la ciudad y la compañía de los abogados, relacionada con la admisión de estos últimos en los cargos municipales. Ref. Edouard Duceré: Dictionnaire historique de Bayonne, 2 vols, Bayonne, 1911-1915.
