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ALCALDÍA MAYOR DE SAYAZ

Valle y una de las tres alcaldías mayores que hubo en la provincia de Gipuzkoa, reducida en el s. XIX a una mera unión. Hace mención de ella con el nombre de Seyar o Seyaz, en concepto de valle habitado, la escritura de demarcación del obispado de Pamplona del año de 1027. En las ordenanzas de la hermandad de la provincia del año de 1397 se la cita también expresamente, y desde entonces aparece inalterablemente entre los pueblos concurrentes a las Juntas. Las poblaciones que desde el origen de esta alcaldía pertenecieron a ella fueron las llamadas universidades de Aia, Beizama, Goiaz, Errezil, y Bidania, conocidas por las cinco aldeas de la sierra. Así como en las otras dos alcaldías mayores, también en ésta de Sayaz nombraba el rey al alcalde mayor, cuyo nombramiento recaía, por lo regular, en caballeros o personas principales de la misma provincia. Por cédula librada en Valladolid el 2 de mayo de 1545 la reina doña Juana hizo merced de esta judicatura para toda su vida a Francisco Pérez de Idiáquez, vecino de la villa de Azkoitia. Cargo puramente honorífico, no lo ejercía éste por sí, sino que solían poner en los cinco lugares de la jurisdicción tenientes que los gobernasen y administrasen la justicia civil y criminal. Esta no era bien administrada en ellos, y los pueblos de la alcaldía, considerándose agraviados, pedían el remedio correspondiente. Idiáquez renunció a la merced de la alcaldía, y las juntas generales de Zestoa de 1563, aprovechando esta oportunidad, dirigieron al rey una exposición solicitando la facultad de que los mismos pueblos nombrasen sus alcaldes. Este estimó esta súplica, como consta de la real cédula librada en Monzón el 23 de diciembre del mismo año. Por ella se otorgó a los lugares de esta alcaldía la facultad de tener concejo separado, arca común y sello, y además la de elegir anualmente sus alcaldes con mero y mixto imperio, y la jurisdicción civil y criminal en primera instancia. La villa de Albiztur se agregó a esta alcaldía mayor, mediante escritura otorgada el 24 de enero de 1651 . Esta anexión se limitó a nombrar alternativamente el representante común a las Juntas de la provincia, según los turnos que establecieron. Desde entonces la antigua alcaldía mayor de Sayaz no tuvo más significación que la de una unión de pueblos concertada para el nombramiento de un apoderado común a dicho congreso. Su objeto principal fue el de economizar las dietas del que cada pueblo tuviese que enviar en su representación particular. Esta unión, cuyas Juntas se celebraron en la ermita de San Juan Bautista de Iturrioz, se hallaba encabezada en el s. XIX por 138 fuegos; de los cuales tocaban a Albiztur 24, a Aia 46, a Beizama 10, a Goiaz 6, a Errezil 40, a Bidania 12. Sus apoderados en las Juntas, tanto generales como particulares de la provincia, ocupaban el séptimo lugar a mano izquierda del corregidor.

Ainhoa AROZAMENA AYALA