Biografías

GOCHICOA FERNANDEZ DE LARREA, Juan Félix

Perfil biográfico

Juan Félix Gochicoa, hijo de Félix Gochicoa González de Mendívil, albéitar, y de Felipa Fernández de Larrea Alegría, hija y hermana de albéitares, había nacido en Legutiano (Villarreal de Álava) en 1818.

Casado con Isabel Zanetti, natural de Aranda de Duero (Burgos), tuvieron siete hijos Gaspara, Ramón, Isabel, José, Luisa, Matilde y Rosa [1].

Falleció en Madrid, posiblemente en 1878.

Formación

Fue admitido en la Escuela de Veterinaria de Madrid "en clase de alumno interno pensionista el día 22 de setiembre de 1833, y se presentó el 16 de diciembre del mismo año".

En 1835 se alistó "voluntariamente" con los isabelinos -los "guiris"- durante la contienda carlista, dirigiéndose a la "Guerra de Navarra", por lo que pasó el curso de Patología con nota de bueno.

Aprobó la Reválida y se le concedió el título el 12 de setiembre de 1838 [2].

Actividad profesional

En 1846, sus primos, Jacinto, Antonio y Silvestre Fernández de Larrea le vendieron por 30.000 reales la "Venta de la Guincha" en Ullíbarri Gamboa [3].

Legutiano (Álava)

Los primeros años ejerció de veterinario en su localidad natal. En el concurso anual de ganados nacidos y recriados en la provincia de Álava celebrado en 1846, recibió un premio de 200 reales y dos de 160 por los potros y potrancas de un año, así como otro de 480 por un ejemplar de dos años valorado en 1.100 reales. En el mismo concurso obtuvo una recompensa de 100 reales por una novilla "de dos años en duda", valorada en 320 reales [4] . Durante esa época también participó en el reconocimiento de sementales para la cría caballar [5].

Aduana de Irun (Gipuzkoa)

Félix Gochicoa se desplazó a Irún donde compaginaba sus actividades profesionales relacionadas con el transporte de viajeros con el cargo de "Inspector del ganado que entrara procedente del extranjero", para el que fue nombrado por la "Dirección general de Aduanas y Aranceles", y fue destituido "sin el menor motivo" al cambiar el director general. En su lugar se nombró a Antonio Lecuona, "puro y simple albéitar – herrador".

El veterinario Gochicoa denunció la situación ante el alcalde de Irún, exigiendo se le prohibiera curar a las caballerías en su despacho de herrador. Ante las dudas que planteaba la denuncia, el consistorio irunés solicitó, el 10 de octubre de 1853, un dictamen vinculante al Gobierno de la Provincia y el 24 de octubre del mismo año, el vicepresidente del Consejo, Marqués de Roca Verde, emitía el siguiente informe [6] :

El Consejo se ha enterado del oficio que, con fecha de 10 del actual pasa a VS el alcalde de Irún, motivado por la queja que D. Félix de Gochicoa, veterinario de primera clase, le produjo contra D. Antonio Lecuona, albéitar-herrador, a causa de que el último intervenía en la curación de las caballerías, siendo así que, según aquel, no podía intervenir por no haber revalidado su título con arreglo al art.º. 20 del Real Decreto de 19 de agosto de 1847.

A juzgar por lo que manifiesta dicho Alcalde en su citado oficio, la queja de Gochicoa se fundamenta en los artículos 17, 18, 19 y 20 del mencionado Real Decreto, pero en atención a que Lecuona, con presentación de un dictamen del Licenciado D. José Mayoral, vecino de esta villa, sostiene hallarse facultado para dirigir la curación de las caballerías, el Alcalde consulta a V.S. para su resolución la duda en que se encuentra con remisión, por copia, del título que tiene Lecuona de Albéitar y Herrador y del dictamen favorable que obtuvo del precitado Mayoral.

El título autoriza a Lecuona para que, libremente y sin incurrir en pena, pueda ejercer la facultad de Albéitar y Herrador y tener tienda pública con mancebos y aprendices en todo el territorio de la Monarquía Española.

Que dicha autorización comprende la de intervenir en la curación de las caballerías, demuestra el mismo título, pues en él se le impone expresamente, la obligación de asistir sin estipendio alguno, aquellos animales enfermos de los individuos que, por su notoria pobreza no puedan pagarle, cuya obligación es consiguiente que no se le impusiera si no hubiese tenido facultad de atender a la curación de las caballerías.

Cierto es que al presente se conocen con diferentes atribuciones: veterinarios paisanos o militares de primera y segunda clase; albéitares-herradores; herradores de caballos, mulos o asnos; herradores de ganado vacuno y castradores.

La diferencia que hay de unos a otros es causa, por ejemplo, de que en los pueblos donde haya Veterinarios, no precisen los Albéitares verificar reconocimientos judiciales, pero su inferioridad en categoría no llega, en concepto del Consejo, hasta el extremo de no poder intervenir en la curación del caballo, mulo o asno.

Los artículos 17, 18, 19 y 20 del enunciado Real Decreto, no tuvieron por objeto privar a los Albéitares anteriores de las facultades que les competían por sus títulos; si así hubiera sido su intención, hubiera expresado que, pasado el término señalado para la obtención de los nuevos títulos, no podrían ejercer las facultades que les correspondían por los antiguos y mientras no expresó tal cosa, ni parece justo que a quien logró un título, llenando las formalidades que se exigían para su consecución, se le restrinjan las facultades que alcanzó por él, por lo que no debe prohibirse al Albéitar-Herrador, D. Antonio Lecuona, que dirija la curación de las caballerías.

Tolosa a 24 de octubre de 1853

En 1854, trabajaba en Irún, según un artículo publicado en el "Boletín de Veterinaria", donde se exponía que, de acuerdo con la legislación vigente las autoridades civiles y militares debían preferir a los veterinarios antes que a los albéitares. El escrito continuaba con una crítica al director general de Aduanas y Aranceles y al agravio cometido con la Veterinaria. También se reproducía la instancia presentada por Félix Gochicoa al ministro de Hacienda [7] . No se ha encontrado la resolución final del caso. Lo único cierto es que el albéitar D. Antonio Lecuona continuó trabajando en la Aduana irunesa.

En la sesión municipal del consistorio irunés del 18 de octubre de 1854 presidida por el alcalde D. Ramón de Lardizábal, se dio lectura a un memorial que presentaba nuestro protagonista quejándose de la cuota que se le exigía abonar para la contribución del culto y clero por su oficio de albéitar (sic). El Ayuntamiento, teniendo noticia de su cese en la Aduana de la Villa, acordó rebajarle 16 reales de vellón de los 24 que le habían correspondido [8].

En marzo de 1860, en unión de otro veterinario con ejercicio en Irún, D. Pedro Urquizu, presentó ante la Corporación irunesa que presidía D. José Ignacio Orbegozo, un memorial exponiendo que el Reglamento prohíbe el sacrificio de las reses sin ser reconocidas por veterinarios y solicitaban ser nombrados para dicho reconocimiento. El Ayuntamiento acordó organizar este servicio cuando se fijaran las condiciones que debían regir el arriendo de las tablas de carnicería [9].

En mayo de 1860, la Corporación irunesa analizaba varias solicitudes de rebajas en las contribuciones industrial, comercial y fogueral; en referencia a nuestro protagonista, admitía que Félix Gochicoa tiene cuotas por la profesión de veterinario y por actividad industrial con dos tiros de diligencias, aunque equivocadamente se le ha colocado esta última en la clase comercial [10].

En junio de 1860, con la firma del mismo veterinario residente en Irún, presentaría otro memorial dirigido al Gobernador Civil de Gipuzkoa quejándose del nombramiento de Antonio Lecuona, albéitar, como Inspector de Carnes del Ayuntamiento de la ciudad fronteriza. El Gobernador solicitó información al respecto y se le contestó que, a juicio de los corporativos, el nombramiento era el más indicado porque además de estar habilitado para el reconocimiento y cura de ganados, su oficio era el de mayor conveniencia a los intereses del público [11].

En la sesión del 4 de febrero de 1863 y en referencia al mercado, se atendió una solicitud del veterinario D. Félix Gochicoa fechada en Irún el 23 de enero, solicitando un suplente para la Inspección de Carnes, acordándose oficiar a D. Pedro Urquizu para que nombrara a su suplente [12].

Madrid. Nuestro protagonista se trasladó a Madrid, donde figuraba como vecino en 1865 [13].

En 1878, Félix Gochicoa le vendió a Julián Ángel Quiroga, oficial de telégrafos en San Sebastián, una casa posada, 9 heredades y un solar en Legutiano (Álava), cancelando el crédito que había contraído [14].

Enfermó el año 1878 e hizo testamento en Durana (Álava), donde se encontraba accidentalmente, pues seguía viviendo en Madrid, seguramente en casa de su pariente y albéitar, Gavino Díaz de Berricano [15].

Fuentes

CAMARERO RIOJA, Fernando. Historia de la Veterinaria de Álava. Tesis Doctoral. Zaragoza. (2003)

ETXANIZ MAKAZAGA, José Manuel, 2013-4-26; De albéitares, herradores y veterinarios de Irun. Boletín de Estudios del Bidasoa Luis de Uranzu Kultur Taldea. Número 27. I.S.S.N. 0213-1161. D.L. SS-424/95, pp. 7-133 (2023).

ETXANIZ MAKAZAGA, J.M. y BUJANDA OÑEDERRA, I. (2001) "La saga veterinaria guipuzcoana de los Lecuona". Boletín de la RSBAP. Tomo LVII-2-2001. Donostia – San Sebastián

Autor

José Manuel Etxaniz Makazaga. Doctor en Veterinaria. Real Sociedad Bascongada de Amigos del País (RSBAP). Real Academia de Ciencias Veterinarias de España (RACVE)

Notas

[1] Archivo Histórico de Protocolos de Álava ( AHPA). Protocolo 13783 de Ramón González de Echávarri. 22 julio 1878.
[2] Archivo Facultad de Veterinaria de Madrid (AFVM). Libro 3 de Matrículas, folio 495.
[3] AHPA. Protocolo nº 13232 de Gregorio de Guillerna. 15 mayo 1846.
[4] Archivo del Territorio Histórico de Álava ( ATHA). Actas JJGG. 7 mayo 1846. El artículo se reproduce en el Apéndice documental.
[5] ATHA. D – 2534 – 3. 1850 – 1851.
[6] Archivo Municipal de Irun (AMI); A-9-3-7.
[7] Boletín de Veterinaria, nº 282, 18 octubre 1854.
[8] AMI. Libro de Actas. A/01/0090/180vto, punto 1º.
[9] AMI. Libro de Actas. A/01/0092/100/R, punto 7º.
[10] AMI. Libro de Actas. A/01/0092/109/V. Punto 2º.
[11] AMI. Libro de Actas. A/01/0092/113/R. Punto 8º.
[12] AMI. Libro de Actas. A/01/0093/007/R. Punto 12º.
[13] AHPA. Protocolo nº 13417 de Celedonio Azcúnaga. 10 octubre 1865.
[14] AHPA. Protocolo 13781 de Ramón González de Echávarri. 20 febrero 1878.
[15] AHPA. Protocolo 13783 de Ramón González de Echávarri. 22 julio 1878.