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FUNCIONARIO

El funcionario del reino de Navarra. La monarquía navarra, como todas las demás, permitió el desarrollo, en torno a ella, de una serie de instituciones cuyo mantenimiento y funcionamiento quedó tipificado en la baja Edad Media, primero por la costumbre y luego por el Fuero. Las funciones propias del estado pasan, poco a poco, a ser desempeñadas por individuos de preparación especial o funcionarios con sueldos fijos o gages. Los funcionarios más antiguos, especie de embrión de la delegación del poder real, son los castellanos, alcaides o tenentes de castillos reales que vienen a sustituir a la delegación real con poderes señoriales que es el conde altomedieval, señor de un castillo y su zona. También desempeñan el rol de burocracia embrionaria los miembros del séquito y casa real, como veremos más adelante. En la baja Edad Media, los empleados de la función pública reciben el nombre de oficiales. A efectos de administración y fiscalidad la Monarquía contaba con merinos, bailes, colectores y alcaldes que disponían, también, de atribuciones ejecutorias de sentencias dictadas por los tribunales inferiores. La emisión de moneda en Pamplona y Saint-Palais originó los oficiales de moneda, y el tesorero y la administración de la justicia a los jueces de los tribunales menores o a los ricos hombres, luego alcaldes de la Corte Mayor de Pamplona que entendía de las causas nobles, constituyendo además el consejo del reino con atribuciones de estado sobre paz, guerra, tratados, etc. Las jurisdicciones señoriales tuvieron también su funcionariado privado integrante de las Cortes señoriales con jueces, bailes y delegados diversos. Las instituciones populares, tales como las Cortes Generales de los valles, también generaron un tipo de funcionariado como secretario, escribano, tesorero y, a veces, un asesor jurídico o sindico. Las hermandades militares poseyeron capellán y estatutos. Las Cortes navarras dispusieron de un importante funcionariado: consultores del virrey, vocales de las Cortes, síndicos o consultores y secretario, que gozaban de inviolabilidad durante el tiempo que durase la reunión de las Cortes. Con calidad de adjuntos estaban los depositarios, el archivero del reino, agentes generales, correo mayor del reino, procuradores en Pamplona, recopiladores legales, capellanes, impresores, ujieres, porteros y maceros. Los asuntos militares compitieron, durante la ausencia del rey, al alférez de Navarra, que llevaba el estandarte real durante las proclamaciones y cobraba un sueldo fijo. Uno de los cargos más importantes de la administración navarra fue el de procurador del rey, desempeñado generalmente por un hombre de letras, cuya tarea consistía en vigilar que los intereses de la Corona no experimentaran menoscabo. Pero el más importante de todos fue el de gobernador o visorrey (luego virrey) que se introdujo durante la minoría de edad de la reina Juana I (1274-1305) con precedentes durante el reinado de su padre Teobaldo II de Champaña. Al casar Juana con Felipe el Hermoso, primo del rey de Francia, y residir ambos en el reino vecino, el cargo se institucionaliza y trae aparejado el envío de inquisidores y reformadores que vigilaran el recto desempeño de la función pública por el funcionariado. Así en 1340 en que se hace pregonar en el mercado de Tudela que "si abia alguno que se quissiesse quereyllar de los oficiales, que fuessen delant eyllos, e que les farian cumplimiento de dreyto e de justicia". Todos los funcionarios del reino quedaron preventivamente suspendidos hasta que acabaron las pesquisas. A mediados del siglo XIV vemos ya una administración real compleja y tecnificada, sobre todo en lo tocante a los mecanismos del poder y de la recaudación de impuestos. Existe un Consejo Real -especie de ministerio- del que forman parte un número indeterminado de dignatarios tales como el alférez real, los ricos-hombres, el obispo de Pamplona y las sedes con jurisdicción en Navarra, el chantre y arcediano de tabla, el deán de Tudela, el procurador real, el tesorero y un importante funcionario encargado de los sellos del rey o reina, el canceller. La Cámara de Comptos Reales estaba dotada, desde 1365, de cuatro maestros oidores, dos clérigos o notarios y, desde 1402, un patrimonial o fiscal de la Cámara. La Cort se compone de cuatro alcaldes (uno por brazo y uno por el rey), cuatro notarios, un procurador fiscal y un número no fijo de subalternos llamados porteros de la Cort. El régimen funcionarial fue reformado durante el reinado de Catalina I diferenciándose las atribuciones de la Cámara de Comptos y las de la Corte Mayor. También se redujo el número de componentes del Real Consejo.