Names (Personal)

ENEKO

Nombre personal usado en Euskalerria tanto por el pueblo como por señores y reyes. Su origen es remotísimo y casi mítico. La primera mención que se hace de Eneko es en forma indirecta en la lista de jinetes vascones de la "turma saluitana" citada el año 90 antes de J. C. al concedérseles la ciudadanía romana por su victoria en Ascoli (Italia). Entre personajes de fuerte sabor vascónico, como Arranes Arbizcar o Agirnes Bennabels, figura un Elandus Enneges, natural de Segia vascona. El patronímico es indudablemente un Enneko o Ennego, padre del jinete Elandus. Además, se cita una ciudad Ennege con otros tres jinetes en la citada "turma saluitana". En los textos latinos aparece escrito Eneco para el hombre y Onneca para la mujer. En los textos árabes se escribe Wanko (Garsea ibn Wanko). En algunos textos latinos francos se transcribe Induon. V: -d-; Endeka. La forma Induon le podría relacionar con Endeka, Indibil, Indur (Indurain, Undurein)... El primer Eneko conocido es Garcim Innicum o Garci-Eneko padre del Eneko Garcés "Arista" que algunos autores dan como primer rey pamplonés. Abunda en la casa Arista y llevan este nombre una nieta y dos biznietos del fundador, Eneko y Oneka Forturliones. En la casa Jimena existe muy tempranamente un Eneko Jiménez que haría pensar en el tío abuelo Garci-Eneko y en el tío paterno Eneko Garcés "Arista". Oneka Bebelle de Sankoza lleva de nuevo este nombre a esa casa por su casamiento con García Jiménez. El primer rey del reino vasco de Pamplona fue Enneko Ennekones, el "Vascón", más conocido en las historias de Navarra como Iñigo Jiménez "Arista" o "Aritza". Las fuentes musulmanes descubiertas modernamente como ciertos textos de Ibn Hayan le dan patronímico Ennekones, lo que indica que este primer rey vasco era hijo de un Enneko anterior. Por lo demás, figura en muchas familias notables de la época. En nuestro tiempo (1973) ha ocasionado el nombre Eneko diversas controversias y percances con los señores jueces del Registro Civil. Una de las más notables dio motivo a que el padre del niño reclamara ante el juez del Registro Civil de Bilbao. El alegato de D. Alfonso Irigoyen es tan interesante por los datos históricos que contiene y por el caso en sí mismo que merece la pena de transcribirlo íntegro. Dice así: AL SR. JUEZ ENCARDADO DEL REGISTRO CIVIL DE BILBAO. Alfonso Irigoyen Echevarría, mayor de edad, Licenciado en Filosofía y Letras, especialidad de Filología Clásica, por la Universidad de Salamanca, miembro de número de la Academia de la Lengua Vasca y Bibliotecario de la misma, natural de la villa de Bilbao, así como también domiciliado en ella, Barrio Santiago, número veintiuno, con Documento Nacional de Identidad número 14.710.81.1, casado con Libe Alcorta Iturrarán, ante S. Sª con el debido respeto digo: Que por Providencia de S. Sª de fecha 27 de abril próximo pasado, en relación con nuestro deseo de que a nuestro hijo nacido el día 25 de abril próximo pasado se le imponga el nombre de Eneko, éste ha sido rechazado por existir una resolución que lo prohibe, y se le ha impuesto por transcurso del plazo de tres días que se me concedía para señalar otro nombre, sin que haya deseado hacerlo, el nombre de Iñigo. En la misma Providencia se me hacía saber que podía recurrir contra ella dentro del plazo de treinta días, lo cual hago en virtud de este escrito que interpongo ante S. Sª dentro de dicho plazo legal concedido con el objeto de obtener la reposición en base de las siguientes consideraciones: I. Respetando el criterio de S. Sª en la Providencia de fecha 27 de abril próximo pasado, contra la que se formula este recurso discrepo de la misma, dado que, a tenor de los preceptos legales de aplicación señaladas en el artículo 54 de la Ley de Registro Civil de 8 de junio de 1957 y en el artículo 192 del Reglamento del Registro Civil aprobado por Decreto de 14 de noviembre de 1958, y de conformidad con la doctrina de la Dirección General de Registro Civil aplicada precisamente con ocasión de la resolución de fecha 1 de febrero de 1972 en la que no se acepta el nombre de Eneko, considero que resulta correcto que se admita el nombre que elegimos para nuestro hijo, que como más arriba se indica, es Eneko. Tengo la convicción de que para la antedicha resolución no ha habido aportación de ciertos datos pertinentes y por otra parte algunos se han alegado erróneamente. 2. El nombre de Eneko es un nombre tradicional, apto para ser utilizado como nombre de varón, con gran relevancia histórica y cultural tanto en el País Vasco, como fuera de él y tiene en la actualidad, al menos en el País Vasco, valor de nombre propio de varón en el lenguaje y en el recuerdo vivo de las familias y de los pueblos del mismo. La subsistencia de este nombre no es incompatible con el de Iñigo, que aunque pueda tener el origen en aquél, para determinar lo cual es preciso entrar en investigaciones eruditas, en la mente popular queda como forma distinta y sin conexión actual con el nombre de Erieko. Acompañó información de Jaré Juan Bautista Merino Urrutia, presidente efectivo en funciones de la Junta Cultural de Vizcaya y académico correspondiente de la Real Academia de la Historia, asi como de la Sección de Fomento de la Institución Príncipe de Viana de la Excma. Diputación Foral de Navarra.

a) Es nombre de Reyes de Navarra. En el Catálogo de los Reyes sepultados en Leyre, según el Libro de su Regla que recoge Arturo Campión en su Ensayo apologético, histórico y crítico acerca del Padre Moret y de los orígenes de la Monarquía nabarra, Tolosa 1892, p. 97, figura literalmente "Enneco Semenonis et obilt Era D. CCCX. Uxor istius fuit Enneca regina". En cuanto a un antecesor suyo, en torno al cual se ha tejido leyenda, dice: "Rex Enecho Garsiones qui Fuit vulgariter vocatus Arriesta". Debe hacerse notar que la pronunciación de -ch- en Enecho es de oclusiva sorda, es decir Eneco, como es normal en la ortografía de textos de este tipo. En Vizcaya ha sido nombre de Señores, como por poner un ejemplo, Enneco López. Es además uno de los nombres más documentados y de los más representativos de los archivos de Navarra y en general del País Vasco. Ha sido utilizado por personas de todo tipo y condición. El hacer una relación exhaustiva de los mismos sería interminable además de innecesario, ya que como tal ha sido suficientemente acreditada con anterioridad ante la Dirección General de Registro Civil.

b) Ya en un documento fechado el 16 de noviembre del año 812 que se refiere a la "Dotación fundacional de la iglesia de San Salvador de Oviedo por el rey Alfonso II" y que está recogido por Antonio C. Floriano en Diplomática española del periodo astur, tomo I, Oviedo 1949, pp. 118-125, aparece en zona distinta del País Vasco un "Enneconem clericum" en caso acusativo -Enneco tenía su genitivo como Enneconis y su acusativo como Enneconemy a partir de esa fecha se registra con cierta profusión en la Colección de documentos de la catedral de Oviedo de Santos García Larragueta, Oviedo 1962 no solamente como nombre de persona, sino también en la forma del patronímico Ennecoz, como es normal también dentro del área geográfica del País Vasco. Esto quiere decir que Ennecoz tenía como padre a Enneco. Véase en las pp. 123-125 el documento del 2 de setiembre del año 992 por el que "Vermudo 11 y su mujer Elvira dan a la iglesia de Oviedo el castillo de Miranda, en Somiedo y el de Santa Eugenia de Morata, más otros lugares y villas, confirmando también las donaciones de sus antepasados". Hay firmas como Uegila Ennecoz y Enneco Froilaz. Se puede leer también, de una manera normal, el femenino correspondiente Onneca, pp. 186-188. Domna Onneca (hermana de Mumadonna) y Honeca (abadesa). Documento del 18 de octubre del año 1057 por el que "Mumadonna, hija de Arias Bermudiz, da a la iglesia de Oviedo el monasterio de San Salvador de la Piñera, entre los ríos Navia y Baragio, con varias villas, muebles y alhajas". Onneca, si bien se da con gran profusión en Navarra, en el caso de la reina antes citada tiene la forma Enneca. Estos femeninos suponen un uso románico por la moción de género, independientemente de su origen, verosímilmente prerromano, es decir, que junto a la terminación de masculino -o existe para el femenino -a. Como es sabido, la lengua vasca tiene carencia de moción del tipo a que nos hemos referido. Enneco aparece incluso en textos catalanes como el "Reconocimiento que en juicio y en presencia del conde de [Besalú y Cerdeña], Mirón y de otros jueces hacen al procurador de Ema, abadesa del Monasterio de San Juan [de las Abadesas], Renaldo y Biatario, respecto a las tierras y casas que poseen en la villa de Stegale, en el valle Petrariense, en el condado de Cerdaña, aceptando como válida la escritura de la monja Gurguria excepto la heredad de Winidilda, condesa, difunta" de fecha 19 de febrero del año 904 que recoge Federico Udina Martorell en El Archivo Condal de Barcelona en los siglos IX-X. Barcelona 1951, pp. 129- 131. En caso ablativo dice Ennecone, y la persona a quien se refiere era uno de los presentes. Asimismo, en la "Carta de población otorgada por Bernardo de Salanova, comendador hospitalario de Amposta, a los moradores de Alconar" de fecha 11 de mayo de 1252 que incluye José M.ª Font Rius en Cartas de población y franquicia de Cataluña, Madrid-Barcelona 1969, pp. 433-434, se registra una firma "Sig+num fratris Ennechonis". Como es normal Ennechonis está en caso genitivo y la grafía -cho- corresponde a la pronunciación de -co-, según el uso en muchos casos de la época. En Oña (Burgos) hubo un abad llamado Enneco que llegó a los altares. Su fiesta era celebrada desde antiguo el 1 de junio. En un documento del Papa Alejandro IV se dice: "in festo beati Eneconis confessoris, olim abbatis ipsius monasterii". El nombre de este abad aparece como confirmante en un documento del 9 de abril del año 1045 por el que "El rey de Navarra, García, y su esposa agregan a San Millán el monasterio de San Cebrián, en la cuenca del Arlanzón, cerca de Castrillo" y que está editado por el P. Luciano Serrano, O. S. B. en Cartulario de San Millán de la Cogolla, Madrid 1930, pp. 134-135. Dice: 'Enneco, Onniensis abba, confirmans". En el mismo Cartulario, pp. 9-10, se registra con fecha 5 de julio del año 655 la "Repoblación de las iglesias de San Román y San Pedro en el valle de Dondisle con sus términos y bienes asignados, y su agregación a San Martín de Herrán" y hay un firmante "Enneco presbiter + fecit". En la Colección Diplomática de la Catedral de Huesca, editada por Antonio Durán Gudiol, Zaragoza 1965, pp. 25-26, en un documento del año 922 que se refiere a la Memoria de la donación del término comprendido entre Oza y Siresa hecha a favor del monasterio de San Pedro por Sancho Garcés, rey de Navarra, y Galindo Aznárez II, conde de Aragón, y de la cesión de los derechos episcopales desde Javierre hasta Siresa, hecha a favor del mismo cenobio por el obispo Ferriolo" aparece como testigo "domnus Enneco". En la Colección Diplomática de San Salvador de Oña publicada por Juan del Alamo, Madrid 19S0, con fecha 22 de noviembre del año 944 "Asur Fernández confirma la venta de Santa Eulalia de Agés al monasterio de San Salvador de Loberuela, después de averiguar lo sucedido entre los monjes de ambas casas", pp. 4-6. Un testigo es "Ennecoz, fr.". En la misma Colección, pp. 41-44, en un documento del 27 de junio del año 1017 o quizá de 1030 por el que "El rey D. Sancho y su esposa, D ª Mayor, con sus hijos Ramiro, Fernando y García, conceden a D.ª Tigridia, en sufragio del alma del infante D. García, el monasterio de Santa María de los Muelos" figura como testigo de un "Enneco Lopip" conde de Alava. Creo que es innecesario seguir citando muestras de zonas distintas del País Vasco. La relación de las mismas seria interminable.