Monastegiak

ORBAÑANOS

Historia. Hacia el año 870 el presbítero Guisando donó al monasterio de Orbañanos algunos libros litúrgicos (antifonarios, psalterios, himnarios, etc.) y ciertos bienes situados en el mismo lugar de Orbañanos (viñas, tierras y huertos, con sus frutales), y otros en Obarenes, Berceia, Galbaruli, Balle Ampla, Pezes Aurios, Fonzaleche y Lopa Yrola. Pero el documento que nos informa de todo esto viene a ser, aparte eso, un testimonio inestimable sobre algunas manifestaciones de la vida monacal, tal como se practicaba por entonces hacia el Sur del país. En efecto, según nos hace saber el texto, los gasalianes del presbítero Guisando pidieron a éste se dignase ser su abad, dándole poder para anunciarles, enseñarles, increparles y excomulgarles, según pidiere el caso. Entre las medidas que se le permiten al abad para hacer volver al buen camino a los transgresores de la norma, se citan la reprensión en público, la excomunión y la práctica de los azotes, dosificada en su cuantía según la gravedad de la culpa. Entre los tipos de transgresión que se contemplan expresamente como dando pie a la actuación enérgica del abad, se mentan la murmuración, la contumacia, la calumnia, la trashumancia, el hacer penitencia (?) sin el consentimiento del abad (en cuyo caso se le castiga al transgresor a recibir desnudo y tendido en el suelo setenta y dos azotes...) y el dar algo (no se precisa bien en el texto qué) a los parientes sin el consentimiento del abad, lo que era razón suficiente para que el culpable hubiera de trabajar durante seis meses en una celda oscura, vestido de cilicio, desceñido y descalzo, ayunando a pan y agua y recibiendo los consabidos azotes. Pero no se aprecian en el texto sólo los derechos del abad. Y así le recuerdan los monjes al abad de Orbañanos, que no debe amar a uno y odiar al otro, ordenar a uno y dispensar al otro; y, en todo caso, queda a salvo el derecho de los súbditos a defenderse cuando se crean asistidos de buenas razones, pudiendo en ciertos casos, cuanto no quisiere emendarse de sus yerros el abad y abusare de su autoridad, citarlo ante el abad de otra congregación y querellarse ante él (A. H. N., Cartulario de Valpuesta A, fol. 24 r-25 r.; Cartulario de Valpuesta B, fol. 23 v.-25 r.). En el original se escribe Orbanianos. Sobre la datación del documento, [Cartulario de Valpuesta. Edición crítica e índices por M. Desamparados Pérez Soler, Valencia 1970, p. 20].

Koldo LARRAÑAGA.