Udalak

OIARTZUN

La obtención de alcalde de Hermandad (1520-1540). No quedaron enteramente satisfechos los deseos de los habitantes de Oiartzun con la transacción de 1508. Así es que este valle solicitó en las Juntas Generales de Villafranca del año 1520 la facultad de tener un alcalde de Hermandad particular, como el concedido al de Léniz al tiempo de su anexión a Gipuzkoa. Oiartzun fundó esta petición en el privilegio de exención -en la necesidad de compartir con Errenteria los honores, así como el territorio,- y en la circunstancia de ser tierra montañosa y fronteriza a Navarra y Francia. Por mayoría de votos las Juntas acordaron en la sesión de 30 de abril acceder a dicha petición pese a que tal determinación no era conforme a las ordenanzas de la Hermandad de la provincia. En efecto, según se ve en el capítulo I, tít. XIII de los Fueros, no debía haber más que un alcalde de Hermandad en el partido de San Sebastián, y éste en su turno debía de ser de Errenteria. Por lo mismo, los pueblos que componían dicho partido apelaron ante el rey. La real Chancillería a quien se encomendó el conocimiento del negocio, pronunció el 4 de diciembre de 1526 su sentencia reducida a mandar que por cuanto el pleito versaba sobre la creación de oficio de alcaldía se remitiese a la resolución del rey. Consiguientemente el Consejo Real por auto de 19 de enero de 1540 dijo que confirmaba el acuerdo de la Junta de Villafranca de 1520, por el cual se mandó establecer en Oiartzun alcalde de Hermandad. De aquí se ve la equivocación con que en el encabezamiento del cap. XV, tít. XIII de los Fueros se dice que en el valle de Oiartzun ha habido siempre alcalde de hermandad particular, fuera de los siete que debía haber, como también la inoportunidad de la cita que se hace al margen de la ya mencionada R. C. de 1482.