Monarkia eta noblezia

Fernando VII

A tenor del proceder fernandino, las Cortes navarras declaran nulas no sólo las leyes emanadas de Cádiz sino también varias reales cédulas libradas desde 1797. Entre ellas la ley abolitoria del tormento que, después, las mismas Cortes establecen de nueva planta (Ley XLII, 20 setiembre 1817). Se legisla sobre mayorazgos, fideicomisos, aniversarios, bienes vinculados, patronatos legos, servicios de quintas, oficios mecánicos, servicios tributarios, ventas de comunales y propios, etc., todo ello impregnado de un nuevo espíritu sobre el que es innegable la impronta de la revolución liberal que, pese a ser sofocada, sigue en marcha. De este espíritu, algunas manifestaciones escapan al despotismo regio; otras, como el establecimiento de quintas y el control fiscal, son aprovechadas por el mismo. La porfía de las autoridades consigue que en 1818 (28-29 de octubre) se suspenda el procedimiento material de quintas en las tres provincias y el reino. En vísperas del levantamiento de Riego, sin embargo, la Junta de Reforma de Abusos fernandina declara los fueros irrelevantes (12 de abril de 1819).