Udalak

BEASAIN

Unión con otras villas, administración interna. Esta villa fue uno de los pueblos que en virtud de escritura de concordia celebrada el 8 de abril de 1399 se incorporaron a la vecindad de la villa de Villafranca, convenio que fue confirmado por el rey D. Enrique III en Turégano el 5 de agosto de 1402 y por D. Fernando y Doña Isabel en Córdoba el 27 de mayo de 1492. A pesar de esta anexión, Beasáin conservó sus términos anteriores, sus montes, propios y rentas, y la administración económica peculiar. Tal fue su estado civil hasta que por real cédula del 4 de febrero de 1615 logró separarse de la dependencia de Villafranca mediante la merced del título de villa de por sí con la jurisdicción civil y criminal, mero y mixto imperio. Consta que por esta gracia tuvo que pagar a la real hacienda la suma de 54·699 reales correspondientes a los ciento veinte y seis y medio vecinos que tenía. En 1451 formó parte Beasain de la Hermandad de Guip. contra los banderizos. La casa-torre de los Yarza fue destruida. El licenciado Hernando de Ribera, juez de comisión para el cumplimiento del privilegio de la exención, fijó la mojonera de esta villa y de las de Astigarreta y Gudugarreta el 9 de enero de 1616. Consiguientemente los montes y terrenos comprendidos dentro de ella quedaron pro indiviso para las tres villas, interesándose la de Beasain en cuatro quintas partes y las otras dos citadas en la restante quinta. Tal comunidad de derechos fue causa de un pleito entre los mismos pueblos en años posteriores en el tribunal del corregidor y en apelación ante la real chancillería de Valladolid, cuyo resultado fue mantenerlas en el uso y aprovechamiento de los expresados terrenos en la proporción indicada. Así se conservaron hasta el año de 1811 en que se hizo la partición de términos por medio de peritos nombrados por las mismas partes; y desde entonces tiene cada pueblo su jurisdicción independiente. Beasain formó en el año de 1619 unión con las villas de Ataun e Idiazabal para su representación común en las juntas provinciales. Se separó de esta hermandad en el de 1639, asistiendo después a estos congresos sus procuradores particulares hasta el de 1644 en que se unió a la villa de Ordizia para el propio fin por tiempo de diez años. En el de 1682 constituyó nueva unión con la misma villa y las de Zaldibia y Arama para otros diez años, a cuya expiración se prorrogó en el de 1710. Otra vez en el año de 1818 entró en la unión denominada Atazalbea con Ataun y Zaldivia, y disuelta ésta en el de 1852, tuvo después representación propia en las juntas provinciales. Sus apoderados ocupaban en ellas el vigésimo primer asiento a mano derecha del corregidor y estaba encabezada para los repartimientos provinciales en diez y ocho fuegos. Esta villa tenía parte en la unión llamada Bozue menor para el disfrute de los productos de los montes de Ernio y Aralar. Con anterioridad a la ley de ayuntamientos (1841), su ayuntamiento se componía de un alcalde, dos regidores y un síndico procurador, y, desde esta ley, de un alcalde y 5 regidores. En el barrio de Ancizar, en el lugar llamado La Cadena, estuvo la cadena que cerraba el camino a fin de que los peatones y viajeros pagaran el portazgo de la Diputación.