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CONDADO DE TREVIÑO

Cerrojazo: el Estatuto de Castilla y León (1983). Una vez cumplidos todos los requisitos consignados en el Estatuto Vasco de Autonomía sólo faltaba el referéndum que el Gobierno debía autorizar. Pero en 1983 Castilla y León aprueban un Estatuto contradictorio al de Gernika; según la nueva ley no basta con «oir» a las autoridades burgalesas y de la nueva autonomía sino que éstas deben aprobar la desagregación solicitada. En vista de ello, el Gobierno Vasco elevó un recurso de inconstitucionalidad (1985) ante el Tribunal Constitucional que, en julio de 1986, decidió por mayoría rechazar. De esta forma se hacía caso omiso otra vez a la voluntad treviñesa y se establecía el peligroso precedente de aceptar que la virtualidad de los estatutos de autonomía ya no viniera dada por su aprobación por las Cortes Generales sino por la facultad normativa de las propias comunidades autónomas, en este caso por el Estatuto no sometido a referéndum de una de ellas (Castilla y León). Treviño y Lapuebla pasan además a formar parte de una comunidad autónoma regida ahora desde Valladolid. V. LAPUEBLA DE ARGANZON.