Politicians and Public Officials

Legazpi Gurruchategui, Miguel López de

"Otrosi: después de haberos entregado en la dicha Armada, como esta declarado, antes que os hagais a la vela del dicho puerto de la Navidad, hareis pleito homenaje, como Hijodalgo, y jurareis sobre los Evangelios por antel Bachiller Martinez, Proveedor de la dicha Armada, y Escribano que dello de fe... que usareis bien y fielente el dicho oficio y cargo de Gobernador y Capitán General, que en nombre del Rey nuestro Señor se os ha encargado, procurando en todo su real servicio y el acrecentamiento de su hacienda y patrimonio real, y que acudireis a S. M. y a esta Audiencia en su Real nombre, o a la persona que por su Magestad fuere mandado, con todos los descubrimientos y aprovechamientos que en cualquiera manera hicieredes y hubieres, como bueno y fiel criado y vasallo, y no a otra persona alguna, y que direte ni indirete no encubrireis ni hareis cosa en perjuicio de Su Magestad ni de su Real patrimonio, e hacienda y que de todo dareis buena cuenta y razón como de vuestra persona se confia. Luego que hayais hecho el dicho pleito homenaje, sucesive a él, hareis tomar juramento, en vuestra presencia y por ante Escribano que dello de fé publicamente, en un Misal, sobre los Evangelios, a los Oficiales de la Real Hacienda y a todos los Capitanes Caballeros y soldados que fueren en la dicha Armada, y de los pilotos, Maestres de navios y gente de mar, que os obedecerán como á Gobernador y Capitán General della, y que harán, guardarán y cumplirán vuestro mandado en todo y por todo, y que no harán motines, ni alzamientos, y seguirán vuestra derrota y bandera, y no se enagenarán ni ausentarán, por via ni manera alguna, del servicio de Su Magestad y de vuestra obediencia, en mar ni en tierra, so pena de perjuros e infames, e de caér e incurrir en pena de desleales y traidores y que como, contra tales, se pueda proceder contra cualquiera que lo contrario hiciere; y que asimismo obedecerán a vuestros capitanes, en vuestro nombre, en mar y en tierra, so las dichas penas".